Globalización socialmente sustentable: Empresas y derechos humanos
Responsabilidad social empresaria
Informe sobre Desarrollo Humano 2011 (PNUD)
"Este Informe plantea una nueva visión para promover el desarrollo humano a través de la doble perspectiva de la sostenibilidad y la equidad. Para que esta visión se transforme en realidad, es necesario fortalecer las instituciones, mejorar las habilidades, reformar las políticas y consolidar la gobernabilidad democrática.
Esta visión exige un replanteamiento general de la función del Estado y las comunidades y de su habilidad de identificar y aprovechar las oportunidades que surjan. A partir de las ideas propuestas por Amartya Sen y los principios clave del enfoque del desarrollo humano, esta visión pone énfasis en un acercamiento a la sostenibilidad y la equidad arraigadas en la inclusión, la participación y un debate público razonado, al tiempo que reconoce la diversidad de valores, condiciones y objetivos involucrados."
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible de 2012 (Río+20) se destaca como una gran oportunidad para lograr consenso sobre la forma de seguir avanzando.
Globalización e interdependencia: un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo para una globalización justa y más equitativa para todos, incluida la creación de emple: Informe del Secretario General de Naciones Unidas - A/66/223 - 1 de agosto de 2011
NORMAS SOBRE LAS RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS TRANSNACIONALES Y OTRAS EMPRESAS COMERCIALES EN LA ESFERA DE LOS DERECHOS HUMANOS: Consejo Económico y Social (ONU) - E/CN.4/Sub.2/2003/12/Rev.2 - 26 de agosto de 2003
Proteger, respetar y remediar: un marco para las actividades empresariales y los derechos humanos: Informe del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, John Ruggie (ONU) - A/HRC/8/5 - 7 de abril de 2008
1. La comunidad internacional aún se encuentra en las fases iniciales de adaptación a un régimen de derechos humanos que proporcione una protección más eficaz a los individuos y a las comunidades contra los perjuicios causados por las empresas en materia de derechos humanos. El presente informe, dirigido al Consejo de Derechos Humanos, constituye un marco conceptual y de políticas basado en principios cuyo fin es alcanzar ese objetivo.
El marco contiene tres principios básicos: el DEBER ESTATAL DE PROTEGER frente a los abusos de derechos humanos cometidos por terceros, en particular las empresas (A. Cultura empresarial B. Orientación de las políticas C. El nivel internacional D. Zonas de conflicto); la RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL DE RESPETAR LOS DERECHOS HUMANOS (A. El respeto de los derechos B. La debida diligencia C. Esfera de influencia D. Complicidad); y la necesidad de vías más efectivas a los recursos o ACCESO A LOS REMEDIOS ((A. Mecanismos judiciales B. Mecanismos no judiciales de reparación de agravios C. Mecanismos empresariales de reparación de agravios D. Mecanismos estatales no judiciales E. Iniciativas multilaterales o multisectoriales e instituciones financieras F. Lagunas en el acceso). Los tres principios constituyen un conjunto complementario en el que cada principio apoya a los demás para lograr el progreso sostenible.
2. Las empresas son la principal fuente de inversiones y de creación de empleo, y los mercados pueden ser medios muy eficientes para distribuir los escasos recursos. Ambos elementos constituyen fuerzas poderosas capaces de generar crecimiento económico, reducir la pobreza y aumentar la demanda del imperio de la ley, contribuyendo así a la realización de una amplia gama de derechos humanos. Pero los mercados sólo funcionan óptimamente si están enmarcados en normas, usos e instituciones. Los propios mercados requieren de ellas para sobrevivir y florecer, en tanto que la sociedad los necesita para gestionar los efectos negativos de las dinámicas del mercado y producir aquellos bienes públicos que los mercados ofrecen de forma insuficiente. En efecto, la historia nos enseña que los mercados plantean graves riesgos, para la sociedad y para las propias empresas, cuando su alcance y poder rebasan con mucho las
bases institucionales que les permiten funcionar adecuadamente y garantizar su sostenibilidad política. Nos encontramos en una de esas épocas y la escalada de los abusos causados por las empresas en materia de derechos humanos son un claro aviso de que no todo va bien.
3. La causa última de la difícil situación de los derechos humanos en relación con las empresas reside en las lagunas de gestión debidas a la globalización, que han surgido entre el alcance y los efectos de las fuerzas y actores económicos, por una parte, y la capacidad de las sociedades para gestionar sus consecuencias adversas, por la otra. Estas lagunas de gestión crean un entorno permisivo para actos ilícitos de las empresas de todo tipo sin que haya sanciones o reparaciones adecuadas. Cómo reducir y en definitiva superar las lagunas relacionadas con los derechos humanos es nuestro problema fundamental.
Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para "proteger, respetar y remediar": Informe del Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas, John Ruggie (ONU) - A/HRC/17/31 - 21 de marzo de 2011
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos sobre Los derechos humanos y las empresas transnacionales : El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas "hace suyos los 'Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para proteger, respetar y remediar', que figuran en el anexo del informe del Representante Especial" del Secretario General para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas: A/HRC/RES/17/4 - 6 de julio de 2011
Declaración sobre las obligaciones de los Estados partes en relación con el sector empresarial y los derechos económicos, sociales y culturales - Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ONU): E/C.12/2011/1 - 12 de julio de 2011
The corporate responsibility to respect human rights: An interpretive guide Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos - Nov 2011
Informes del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales (ONU)
Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos: Sitio del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales
PACTO GLOBAL Pacto Mundial de las Naciones Unidas, Corporate Sustainability in The World Economy, United Nations Global Compact, publicado por la Oficina del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, Naciones Unidas (Nueva York, febrero de 2011): En 2000, las Naciones Unidas pusieron en marcha el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, que hasta la fecha han firmado más de 7.700 empresas y otros interesados, comprometiéndose a aceptar la responsabilidad en materias tales como los derechos humanos, el trabajo, el medio ambiente y la lucha contra la corrupción.
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU) aprobada por la ley 26378 y ratificada por el Estado argentino: art.4 sobre Obligaciones Generales.
"1. Los Estados Partes se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. A tal fin, los Estados Partes se comprometen a:[...]
e) Tomar todas las medidas pertinentes para que ninguna persona, organización o empresa privada discriminen por motivos de discapacidad [...]"
Jurisprudencia de la CSJN:
"Vizzoti” Fallos: 290:116, 118
“Torillo” Fallos: 332:709 - T. 205. XLIV " TORRILLO ATILIO AMADEO Y OTRO c/GULF OIL ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS" 31/3/2009
"Cencosud": "A. 1023. XLIII. RECURSO DE HECHO. Álvarez, Maximiliano y otros c/ Cencosud S.A. s/ acción de amparo. 7 de diciembre de 2011
cretario
General para la cuestión de los derechos humanos y
las empresas transnacionales y otras empresas,
John Ruggie
Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos:
puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para
"proteger, respetar y remediar"